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Mostrando entradas de mayo, 2012

Delitos sexuales (I): El delito de grooming

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o acoso informático de menores La Ley Orgánica 5-2010 introdujo el art. 183 bis en el Código penal que entró en vigor, junto al resto de preceptos legales, el 23-XII-2010. El grooming , con carácter general, puede ser definido como el conjunto de actuaciones tendentes a conseguir, por parte del delincuente, que una persona menor de edad con la que ha conseguido una relación de confianza mediante equipos electrónicos se desnude, realice actos sexuales o le facilite un encuentro sexual directo, siendo frecuente el resultado de acoso puro hacia la víctima menor. Este resultado se suele alcanzar tras realizar pasos como los siguientes: A) como simular ser menor de edad y alimentar sus expectativas amatorias, con la mayor debilidad por edad y falta de experiencias previas que se puede tener, aportando fotos falsas para simular ser otro menor , B) Obteniendo tras los deslices de la víctima datos privados suyos (zona donde vive o su dirección exacta, colegio al que acude, lugares ...

La prueba en los delitos cometidos a través de redes sociales

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La prueba en los delitos cometidos a través de redes sociales En el presente artículo realizaremos una recensión de la sentencia de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, Rollo 8-2011 que, en síntesis, versa sobre la condena de un sujeto que vierte en la red social Tuenti comentarios sobre una serie de fotos, relativas al asesinato de dos Guardias Civiles en Mallorca, con intención de menospreciarlos y, de paso, al resto de fuerzas policiales. En los siguientes párrafos vamos a resumir los postulados procesales de la sentencia acerca de la validez de la obtención de la prueba y la suficiencia de la misma. El Fundamento Jurídico primero : Comienza señalando que ni compareció perito alguno ni la Legal representante de Tuenti Technologies S.A. Sin embargo, reputa suficiente la declaración testifical de dos Guardias Civiles que ratifican el atestado en el plenario. Examina el funcionamiento concreto de Tuenti, recordando que se tiene acceso por una I.P., que tiene un nick...

El maltrato de animales domésticos Parte I

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Novedades relativas al delito de maltrato de animales domésticos (Parte I) La Ley Orgánica 5-2010, de 22-VI, viene a suponer un hito puesto que el Parlamento español acoge definitivamente la pretensión de distintas asociaciones protectoras de animales y el sentimiento extendido entre la ciudadanía con simpatía hacia los mismos, toda vez que en la regulación anterior, para ser considerado un maltrato hacía un animal doméstico constitutivo de delito y no simplemente una falta era necesario el elemento del “ensañamiento” introducido en 2003 por la Ley Orgánica 15/2003, de 23-XI, que si bien fue un avance notable respecto a la regulación anterior no dejaba de quedarse corta al introducir ese elemento valorativo o subjetivo, el ensañamiento, que no dejaba de suponer un índice elevadísimo de absoluciones por hechos absolutamente reprobables. La citada Ley Orgánica 5-2010 fue publicada en el Boletín Oficial del Estado el 23-VI-2010, con una entrada en vigor para 6 meses después, con lo...

Economía en crisis y Tribunal del Jurado ¿De verdad es necesaria esta institución?

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Nuestra actual Constitución de 1978 señala expresamente en su art. 125: “ Los ciudadanos podrán ejercer la acción popular y participar en la Administración de Justicia mediante la institución del Jurado, en la forma y con respecto a aquellos procesos penales que la Ley determine, así como en los Tribunales consuetudinarios y tradicionales”. La institución del Jurado que según nuestra Constitución es obligatoria si bien no deja más que precisamente establecida tal obligatoriedad y no sus límites, requisitos o presupuestos no deja de tener un gran fervor político en su seguimiento que entre la clase jurídica, salvo puntuales excepciones, no deja de causar perplejidad. Como es sabido la Ley Orgánica reguladora, que es de 1995 contempla un catálogo de delitos ciertamente singular. De un lado delitos que si bien a priori son fácilmente comprensibles, como el homicidio, muchas veces tienen unas dificultades de prueba importantes. Del otro lado delitos que ya de por sí cuestan auténticos...