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Mostrando entradas de agosto, 2012

Bromas Legales (II): El Indulto del corrupto

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Bromas legales (II): El indulto del corrupto Vamos a examinar la institución del indulto y cómo está siendo utilizada por los políticos de una forma que claramente atenta contra el interés general. Análisis legal abstracto Por de pronto se deben diferenciar dos instituciones similares que no idénticas. Mientras el indulto es el perdón legal a un individuo, total o parcial, y que deja persistente la responsabilidad civil, la amnistía es el perdón legal por algún delito a una pluralidad de individuos. Nuestra Constitución de 1978 contempla el indulto en 3 puntos concretos: Art. 62 i: Corresponde al monarca ejercer el derecho de gracia. En resumen el Rey lo que hace es sancionar el Real Decreto que le pasan a la firma, siendo su firma un acto debido. Art. 87. 3 al final: No procede la iniciativa popular “en lo relativo a la prerrogativa de gracia”. Desde un punto de vista sistemático es lógico, no cabe que el pueblo aunque reúna 500.000 firmas pueda pedir el indulto de alguien porque n...

Impago de pensiones (Prueba y responsabilidad civil)

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El impago de pensiones Los pronunciamientos civiles de divorcio o separación, e incluso las medidas provisionales y hasta las provisionalísimas, suelen conllevar algún tipo de medida relativa a qué pensión tendrá que abonar el obligado, en el 99 % de los casos el varón, frente al beneficiario, mujer y/o hijo/s. Si bien cabe acudir a la ejecución civil, por supuesto, vamos a explorar lo que nos puede aportar la vía penal:             Artículo 227. 1. El que dejare de pagar durante dos meses consecutivos o cuatro meses no consecutivos cualquier tipo de prestación económica en favor de su cónyuge o sus hijos, establecida en convenio judicialmente aprobado o resolución judicial , en los supuestos de separación legal, divorcio, declaración de nulidad del matrimonio, proceso de filiación, o proceso de alimentos a favor de sus hijos , será castigado con la pena de prisión de tres meses a un año o multa de seis a 24 meses. 2. Con la misma pena será castigado el ...

Diez circunstancias que agravan la corrupción española

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Diez circunstancias que agravan la corrupción española Las instituciones europeas, especialmente el Consejo de Europa y la Unión Europea vienen alertando en sus informes de la extraordinaria corrupción que azota a nuestro país y la prácticamente inexistente respuesta que hay contra la misma. Debemos recordar que en un Estado de Derecho y de bienestar como pretende ser España hay tres pilares que hay que cuidar especialmente: sanidad, educación y justicia. Paradójicamente cuando se habla de recortes todo el mundo se echa las manos a la cabeza cuando se habla de sanidad y educación, mientras que los relativos a justicia apenas trascienden a la prensa. No se debe soslayar que una justicia inexistente o ineficaz jamás podrá atajar la corrupción imperante. A nadie le gusta que un ayuntamiento le esté mareando con requisitos inexistentes, que un banco se quede con todos sus ahorros, que un juez le dicte una sentencia absolutamente contraria a la ley con intencionalidad y evidentemente todos...