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Mostrando entradas de agosto, 2014

Entrevista en Lawyerpress sobre delincuencia económica y corrupción

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Ayer apareció publicada una entrevista que me hizo el periodista jurídico Luis Javier Sánchez para su medio, Lawyerpress, en la que, entre otras cosas, se tratan temas como la reforma concursal, blanqueo de capitales, corporate compliance , la instrucción por el fiscal, delincuencia económica y relacionada con la corrupción, recuperación de activos financieros, etc. Os dejo el enlace AQUÍ para que la podáis leer. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en www.facebook.com/EnOcasionesVeoReos o en @EnOcasionesVeoR

Aforados: una condena por alcoholemia a un Diputado de 2011

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He encontrado la STS 2/2011, de 17-I , ponente Excmo. Joaquín Giménez García, sentencia de conformidad en la que se condenó a un Diputado, con su conformidad, señalando los siguientes hechos probados: “ El acusado Gerardo , a la sazón Diputado en Las Cortes Generales, nacido el 7 de Agosto de 1.980 y sin antecedentes penales, la madrugada del día 19 de febrero de 2.010 conducía por la calle Serrano de Madrid el turismo G-....-GW , haciéndolo con su capacidad de atención y reflejos sensiblemente disminuidas a causa de las bebidas alcohólicas previamente ingeridas que determinaron una concentración de 0,52 y 0,55 de mgr. de alcohol por litro de aire espirado según los resultados de la doble prueba efectuada con el correspondiente intervalo.- Como consecuencia de tal merma al llegar al cruce de la citada vía con la calle Villanueva no se percató con la suficiente antelación de la presencia del turismo F-....-FQ , que, pilotado por su titular, Jose Francisco, se encontraba detenido ante el...

El mapa de la corrupción mundial: cada vez más cerca de Arabia que de Dinamarca

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En el mapa expuesto arriba, que podéis ampliar pinchando sobre él, se puede ver la superposición por colores de la corrupción por estados, realizada por Transparencia Internacional, y queda bien claro que, a día de hoy, nos encontramos más próximos a países como Turquía, Arabia, China, Suráfrica, Brasil, etc., mientras nos alejamos de nuestros culturalmente más próximos, teóricamente, países nórdicos de la UE. Cada cual que saque sus conclusiones, pero yo voy a exponer una: todas las reformas legales de calado que se han aprobado en nuestro país en la lucha contra la corrupción, sin excepción, provienen de imposiciones de la UE. Dejo un enlace explicativo del mapa AQUÍ . Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el...

Un nuevo tratado para el uso de la videoconferencia a nivel internacional

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En el BOE de 13-VIII-2014 se ha publicado el “ Instrumento de ratificación del Convenio Iberoamericano sobre el uso de la videoconferencia en la Cooperación Internacional entre Sistemas de Justicia, hecho en Mar del Plata el 3 de diciembre de 2010 ”. El enlace se puede consultar AQUÍ . Son parte del Convenio España, Panamá, Ecuador, México y República Dominicana. Estamos ante un tratado interesante por la forma de desenvolvimiento, a expensas del derecho del país requirente (art. 3), que permite la declaración hasta de los imputados por este medio (art. 6), si bien, el limitado número de estados parte y lo minúsculos de dos de ellos, lo deja como una buena declaración de intenciones, que sería deseable extender al resto de países iberoamericanos, significadamente Portugal, Brasil y los del Cono Sur. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, s...

365 reflexiones para conseguir un negocio con éxito

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Hace unos meses una conocida me pidió participar en un proyecto consistente en que 365 autores escribiríamos un pequeño artículo referente a ideas para el éxito, dirigido por Raúl Loro Rubio, cuya página web la podéis consultar AQUÍ , estando mi modesto artículo localizado en las págs. 221 y 222 y superando el libro las 750 págs. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en www.facebook.com/EnOcasionesVeoReos o en @EnOcasionesVeoR

La malvada policía torturadora desde la perspectiva de un profesor universitario

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Internet es un lugar del que se puede aprender mucho, pero en el que bastantes más veces de las deseables se pueden leer cosas carentes del más mínimo fundamento. Con ocasión de un post del blog ¿Hay Derecho? , en el que se comparaban en algunos aspectos, y sin entrar en excesivas profundidades, a las policías norteamericanas y española, he podido leer unos cuantos comentarios en Twitter que no pueden dejarme sino asombrado, máxime proviniendo de gente del ámbito universitario. Tal vez el lector recuerde a una abogada que fue entrevistada en un programa nocturno de televisión y que afirmó rotundamente que en España en las comisarías y cuarteles se torturaba habitualmente a los detenidos. Todo esto en presencia de un fiscal jubilado y un ex juez expulsado que, para mí, guardaron un inquietante e indebido silencio. Dichas desproporcionadas y genéricas manifestaciones le valieron una querella por varios sindicatos policiales, según consta en noticias como ESTA . Nunca podré estar de acuer...

Derecho penal de la persona jurídica (VI): ¿Responsabilidad empresarial por faltas?

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(La última guardia, descripción gráfica) Después de una guardia de lo más intensa, e intentando recomponer fuerzas para retomar el blog, he encontrado la curiosa sentencia de la Audiencia Provincial de Cádiz nº 815/2014, de 17-III (Recurso 20/2014, Resolución 81/2014), ponente Ilma. Inmaculada Montesinos Pidal y que podéis consultar pinchando AQUÍ . El Fundamento jurídico único es bien breve y señala: “ UNICO.- Mantiene el apelante que cuando el legislador introduce en el código penal el artículo 31 bis, estableciendo la responsabilidad penal de las personas jurídicas, aunque literalmente diga que "las personas jurídicas serán penalmente responsables de los delitos cometidos... " en realidad, lo que se pretende establecer es que las personas jurídicas, a partir de la entrada en vigor de dicho precepto, serán responsables penalmente de cualquier ilícito penal ya sea un delito o una falta pues de lo contrario se estaria dando luz verde para la comision de faltas, sin que exista...

El delito de atentado (550 Cp). Puñetazo a policía

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La STS 3116/2014, de 21-VII , ponente Excmo. Julián Artemio Sánchez Melgar, confirma una sentencia de la Audiencia de Madrid en la que se condenaba a un sujeto, entre otros delitos, por un delito de atentado de los arts. 550 y 551. 1 Cp, por darle un puñetazo a un policía que fue derribado al suelo, golpeándose la cabeza. Señala la sentencia arriba enlazada, en su Fundamento Jurídico 2º: “ Nuestra jurisprudencia es constante en encuadrar los acometimientos que consisten en puñetazos en el delito de atentado. La figura del atentado, contemplada en el artículo 550 del Código Penal , abarca tanto el acometimiento o la fuerza como la resistencia activa, también grave, contra la autoridad o sus agentes en el ejercicio de las funciones de su cargo o con ocasión de ellas. En consecuencia, la figura delictiva del artículo 556 del Código Penal, cuya aplicación pretende el recurrente, queda limitada a la resistencia no grave o pasiva a la que se equipara la desobediencia grave. En cuanto a la ac...

Doble cómputo de la prisión provisional y definitiva. La STC 117/2014

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La reciente Sentencia del Tribunal Constitucional 117/2014 , de 8-VII, publicada en el BOE de 5-VIII, confirma la línea ya expuesta en las SSTC 35, 90, 91, 101 y 103-2014, ya expuesta en ESTE POST y a los que en el mismo se remite. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en www.facebook.com/EnOcasionesVeoReos o en @EnOcasionesVeoR

Orden europea de detención y entrega: la STC 113/2014 sobre libre elección de letrado

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La   Sentencia del Tribunal Constitucional 113/2014 , de 7-VII, publicada en el BOE de ayer 5-VIII, anula tres autos de la Sección 2ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. Un sujeto había sido requerido por la República Checa y fue entregado a sus autoridades el 10-VIII-2007. Dicho país centroeuropeo cursó tres peticiones de ampliación para el enjuiciamiento de otros tantos delitos, 2 en 2009 y una en 2011. Debo entender que o fue absuelto o no se le condenó por nada grave en el asunto de 2007, porque volvía a estar en España dos años después. En la documentación remitida por la República Checa se daba el domicilio del que era el letrado del afectado en España. Sin embargo, la Sección 2ª de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional pidió tres letrados de oficio al Colegio de Abogados de Madrid, en vez de notificarle en la dirección dada por la autoridad checa. Se acordó en tres autos distintos de la misma Sección la ampliación de la entrega. En 2012 se persona el afec...