En ocasiones veo factureros (II): Facturas falsas por debajo de los 120.000 € para cometer delito fiscal

Este post guarda total relación con ESTE OTRO ANTERIOR que recomiendo leer. Agradezco a la Abogada del Estado Lorena Tabanera que me pusiera en la pista de esta sentencia. La Sentencia de la Audiencia Provincial de Zaragoza 258/2014 (Recurso 183/2014), Sección 6ª , ponente Ilmo. Alfonso Ballestín Miguel, viene a tratar la problemática de la fragmentación de facturas falsas. La cuota del delito fiscal es de 120.000 € (art. 305 Cp). La cuestión esencial, de cara a condenar al proveedor de facturas falsas (o en lenguaje coloquial y escasamente académico “facturero”), tanto por la facturación falsa como por el delito fiscal (cooperador necesario en el caso de no pertenecer a la empresa), radica en discernir si, en el caso de que las facturas sean individualmente inferiores a esa cuota, es posible condenar por un dolo genérico de defraudar (es decir, si basta con que sepa que factura falsamente para que otro cometa delito o infracción administrativa fiscal, o tiene que alcanzar necesariame...