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Mostrando entradas de enero, 2016

Listado íntegro jurisprudencial penal de 2015 del Tribunal Constitucional

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Salvo error, el Tribunal Constitucional ha dictado en 2015 las siguientes sentencias que afectan al derecho sustantivo o procesal penal: Sobre presunción de inocencia y principio de tipicidad del delito de utilización de información privilegiada, 285 Cp: STC 2/2015 . Sobre la constitucionalidad del art. 623. 1 Cp (hoy ya derogado, con lo que no tiene mucho interés, salvo para cuando se plantee para la multirreincidencia del hurto y la estafa en la LO 1/2015): STC 3/2015 y 4/2015 . Post sobre las SSTC 2, 3 y 4/2015 . Sobre el nulo valor de la confesión en sede policial no sustentado en otros datos: STC 33/2015 . Habeas corpus: STC 42/2015 y 204/2015 . Post sobre la 204 AQUÍ . Grabación de la vista: STC 55/2015 . Post AQUÍ . Prescripción de la pena: STC 63/2015 . Post AQUÍ . Delito de injurias a magistrada: STC 65/2015 . Injurias a la Corona: STC 177/2015 . Post AQUÍ . Incidente de nulidad de actuaciones, no estando fundamentado el auto: STC91/2015 y 142/2015 . Post sobre la 91 AQUÍ ....

El TC reforma el criterio del TS en cuanto al abono de la preventiva (STC 261/2015)

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(La imagen tiene bastante que ver con el fondo del asunto) Si hay algo emocionante en esta vida (procesal) es ver cómo un recurso prospera y un órgano le quita la razón a otro para acabártela dando. En el caso que nos ocupa, el TC ha dictado la Sentencia del Tribunal Constitucional 261/2015 , revocando una resolución de la Audiencia de Barcelona y un auto del mismísimo Tribunal Supremo. Los hechos: “ a) Don AAA BBB CCC fue condenado por Sentencia dictada el 29 de octubre de 2008 por la Sección Octava de la Audiencia Provincial de Barcelona (rollo núm. 45-2008), como autor de un delito contra la salud pública y de un delito de tenencia ilícita de armas, a penas de prisión de cuatro años y seis meses y de un año y seis meses, respectivamente, (en total, cinco años y doce meses, equivalentes a 2.185 días). Por Auto de 21 de julio de 2009 dicho pronunciamiento fue declarado firme e inició su cumplimiento el 7 de enero de 2010, según consta en la ejecutoria núm. 101-2009-C. b) Por Auto de 1...

España sigue cayendo en barrena en percepción de la corrupción

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Transparencia Internacional ha publicado su informe sobre percepción de la corrupción relativo a 2015 y España, desde 2012, no hace sino caer y caer en todos los puntos que son baremados. Para quien desee acceder al informe, puede verlo en español en la página oficial , por cierto reventada a visitas en este preciso momento. Muchos y profundos son los cambios que son necesarios acometer y que ni los gobernantes ni nosotros mismos queremos asumir. Un país que quiera presumir de democrático no puede seguir viviendo sobre cánones de investigación propios del s. XIX, sin transparencia de las instituciones, etc. Por ejemplo, tal vez recuerde el lector mi ponencia para el Congreso de la APIF sobre si la Fiscalía debe ser una institución transparente . ¿Ha adoptado el Consejo Fiscal o la Fiscal General del Estado un portal de transparencia tal y como exige la Ley 19/2013? No. Y así con todo. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que const...

Tráfico de drogas (XIV): 2ª sentencia sobre los clubs de cannabis

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La STS 5435/2015, de 9-XII , ponente Excmo. Francisco Monterde Ferrer, vuelve a revocar otra sentencia de la Audiencia de Vitoria. Como ya recordará el lector, en ESTE POST , vimos la reñida STS de 7-IX-2015, ponente Excmo. Antonio del Moral. Sentencias ambas que ahora crean jurisprudencia y, de paso, le dan un buen balón de oxígeno a la Fiscalía. En el f. 7 podemos leer: “ 4. Por otra parte, no ignora esta Sala   el debate social y también político sobre la cuestión implicada tras el asunto que se examina. Al respecto, habremos de reproducir lo que indicamos en la precitada STS nº 484/2015, de 7 de septiembre: "No es función de un Tribunal interferir en ese debate, que sobrepasa el ámbito nacional y en el que se contraponen posiciones y se barajan argumentos en favor y en contra de soluciones que propugnan mayor tolerancia en oposición a las estrategias prohibicionistas. Menos todavía es función suya la adopción de decisiones que están en manos de otros poderes del Estado. Siendo...

Administrador (concursal) que administra y enfermo que enjuaga, algo traga

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(Señala el camión: En el camino hacia el éxito no hay atajos) La página del CGPJ aporta una sentencia de conformidad de la Audiencia de Vizcaya, Sección 6ª, de 1-XII-2015, en el ámbito del jurado, en la que se condena a dos años de prisión, multa y 6 años de inhabilitación especial para el cargo de administrador concursal (que no de abogado, que hubiera sido lo interesante, porque al final sólo cumplirá la multa). Se señala como hechos probados que una empresa fue concursada. Un Juzgado de lo Mercantil nombró al ahora condenado administrador concursal. Prevaliéndose de su cargo, reclamó al abogado de la entidad concursada 160.000 € para que el preceptivo informe de la Pieza VI fuera favorable (se refiere en los hechos probados al del art. 169 LC, con lo que es el de la pieza de calificación). Desde la última reforma del Código penal, la responsabilidad criminal del administrador concursal como sujeto especial activo puede encontrarse en los artículos 423 Cp (para todos los delitos de ...

La Circular 1/2016 FGE de responsabilidad penal de las personas jurídicas (conclusiones)

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La pasada semana se ha publicado la largamente esperada Circular 1/2016 FGE , de la que en este post sólo maquetaré las conclusiones y dejaré el comentario y estudio para mejor momento, ya que es muy densa y no tengo tiempo. “ 1ª La LO 1/2015 mantiene el fundamento esencial de atribución de la responsabilidad penal a la persona jurídica de tipo vicarial o por representación en las letras a) y b) del art. 31 bis 1º. Ambos títulos de imputación exigen, como antes de la reforma, la previa comisión de un delito por una persona física en las concretas circunstancias que se establecen. El primer hecho de conexión lo generan las personas con mayores responsabilidades en la entidad y el segundo las personas indebidamente controladas por aquellas. No obstante, la reforma avanza en el reconocimiento de la responsabilidad autónoma de la persona jurídica por medio de la regulación de los programas de organización y gestión, a los que atribuye valor eximente bajo determinadas condiciones. 2ª La nue...

La reforma de la LECRIM 2015 (V): Límites de los plazos para instruir (LO 13/2015)

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Enlace donde se puede encontrar el índice general . El pasado martes 6-X-2015 se publicaron en el BOE dos leyes de reforma de la LECRIM, la LO 13/2015, para el fortalecimiento de las garantías procesales y la regulación de las medidas de investigación tecnológica y la Ley 41/2015, de agilización de la justicia penal . Al igual que se hizo con la mega reforma del Cp anterior al verano, se va a dividir la normativa en los siguientes apartados, que se irán publicando día a día. Señala el nuevo y largo art. 324 LECRIM: “ 1. Las diligencias de instrucción se practicarán durante el plazo máximo de seis meses desde la fecha del auto de incoación del sumario o de las diligencias previas. No obstante, antes de la expiración de ese plazo, el instructor a instancia del Ministerio Fiscal y previa audiencia de las partes, podrá declarar la instrucción compleja a los efectos previstos en el apartado siguiente cuando, por circunstancias sobrevenidas a la investigación, ésta no pudiera razonablemente...