El error de prohibición en los delitos urbanísticos (14 y 319 Cp)

Se ha dictado la Sentencia de la Audiencia Provincial de Albacete 315/2016, de 7-VII , Sección 2ª y ponente Ilma. María Otilia Martínez Palacios, que confirma la sentencia condenatoria de un Juzgado de lo Penal, por la comisión de un delito urbanístico por construcción de una vivienda en suelo rústico de reserva. El primer motivo esgrimido, la prescripción del delito, es desechado de una manera muy simple (FJ 2º): se prueba de manera extemporánea (supongo que aportada en la misma apelación), que la casa es de 2002, aportando facturas de compra de materiales de construcción. La Sección estima que esto no es prueba de nada porque, al parecer dos agentes dicen que estuvo constantemente paralizada. La Sección concluye determinando que la prueba de un hecho extintivo corresponde a quien lo alega, en este caso la defensa. Creo que mejor aún hubiera sido decir que el momento de la consumación es el de la conclusión de la construcción. En mi época de delitos urbanísticos y medioambientales ped...