Violencia de género: subtipo agravado de lesiones en domicilio (153. 3 Cp)

La reciente STS 4988/2016, de 18-XI , ponente Excmo. Antonio del Moral García, anula una condena respecto al subtipo agravado de lesiones de género en domicilio (153. 3 Cp), de acuerdo con lo que se lee en el FJ 4º: “ CUARTO.- El tercer motivo acude al art. 849.1 LECrim para denunciar indebida aplicación del art. 153.3 CP. Se combina el argumento jurídico con un intento de modificar el hecho probado (art. 849.2º). La vivienda donde se cometió el hecho no era el domicilio de la víctima y por lo tanto no procedía la apreciación del subtipo agravado previsto en tal precepto, sostiene el recurso. Con diversos documentos (básicamente las reseñas iniciales consignadas en sus declaraciones) se pretende demostrar que no se trataba del domicilio de la víctima. En realidad no es necesaria la mutación del hecho probado. De la propia sentencia se desprende que no era el lugar de residencia habitual de la víctima. Era una casa en el campo que pertenecía a sus padres y que solo espo...