Las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño
La reciente STS 2960/2015, de 19-VI , ponente Excmo. Antonio del Moral García, compendia los requisitos de las atenuantes del título de este post. En cuanto a las dilaciones indebidas, señala el FJ 3º: “ El inicio del cómputo para medir esas dilaciones no hay que fijarlo en la fecha de comisión de los hechos; tampoco en la fecha de incoación de la causa; sino en el momento en que se adquiere la condición de imputado . En este caso fue el día 13 de julio de 2010. Esa reubicación del dies a quo reduce el tiempo total de duración. … El precepto exige unos retrasos extraordinarios y no proporcionados con la complejidad de la causa. A tenor de la literalidad de la norma la atenuante viene conformada por unos elementos constitutivos: a) una dilación indebida en el sentido de no procedente o no justificable ; b) carácter extraordinario de la dilación, en el sentido de inhabitual, insusual; c) sobrevenida durante la tramitación del procedimiento; d) inexistencia de...