Al Presidente de los jueces ¿lo eligen los propios jueces? Nuevo Reglamento del T. Función Pública


Mientras en España se legisla en el sentido de que a ciertos cargos judiciales se los escoja por el Parlamento (todos los vocales del CGPJ) o se informe su nombramiento (magistrados de los TSJ), Europa se empeña en remar contracorriente. Así, el nuevo Reglamento interno y de funcionamiento del Tribunal de la Función Pública de la Unión Europea, art. 7, establece que a su Presidente lo elegirán los propios compañeros.

Dejando al margen ese detalle, estamos ante una ley procesal que rige el TFUE y que regula absolutamente todos los detalles del procedimiento, desde las costas a las notificaciones, desde los órganos asesores a la formación de las distintas salas.

Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vuestro gusto y deseáis estar informados al instante sobre las novedades de este blog, podéis seguirlo suscribiéndoos en el lateral derecho del blog, o en

Comentarios

Entradas populares de este blog

El Derecho penal de 2019 (V): LO 2/2019 de reforma de delitos contra la seguridad vial. 382 y 382 bis Cp

La reforma en ciernes de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Varias sentencias de lesiones con instrumento peligroso (148. 1 Cp)

Copiar a uno es plagio, copiar a muchos investigación (sobre la forma de redactar sentencias)

Las acciones típicas del delito de atentado. La Consulta 1/2017 FGE

Estafas (IX): La estafa de gravámenes reales (251. 2 Cp)