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Mostrando entradas de noviembre, 2015

Seguridad informática para todos: ¡Atención mamás y papás!

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Es un auténtico placer para mí anunciaros que mi estimado amigo Angelucho, Ángel Pablo Avilés, miembro del Grupo de Delitos Tecnológicos de la Guardia Civil, en unión de Kepa Paul Larrañaga, ha escrito el libro que podéis ver en la imagen que encabeza este post y que va a recaudar fondos para Unicef. Como todos sabéis, o deberíais saber, Angelucho es el editor de “ El blog de Angelucho ”, blog de facilísima comprensión incluso para gente carente de los más elementales conocimientos en informática y que pretende dar respuesta a las principales problemáticas a las que tanto nuestros hijos como nosotros mismos podemos vernos sometidos; desde el ciberbullying a las estafas nigerianas, el phishing, etc. Os dejo abajo un resumen del libro para quienes podáis estar interesados en su adquisición. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del post o usando el buscador que aparece en el lateral derecho. También, si es de vue...

Y seguimos sin repasar el habeas corpus (STC 204/2015)

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Nueva batería de once sentencias del Tribunal Constitucional y vuelve a llover sobre mojado. En junio escribí diez conclusiones absolutamente personales sobre lo que estoy apreciando en lo que acontece en los últimos años en el Tribunal Constitucional , y se ratifica lo dicho. De once sentencias sólo una versa sobre derecho penal/procesal penal, y esta es reiterativa de lo que ya hemos visto desde uno de los primeros post de este blog, la STC 95/2012. En el caso de la STC 204/2015 esta vez un Magistrado de Palma de Mallorca vuelve a denegar la incoación por cuestiones de fondo, en vez de forma, desconociendo algo que debería estar más que sabido: que en la primera fase, la de procedencia de la incoación, sólo se puede denegar por cuestiones tasadas y restrictivas de forma, mientras que en la resolución final es cuando procede resolver sobre el fondo. De todas maneras, tampoco la resolución del TC aporta nada más allá de conceder formalmente amparo, sin más consecuencias prácticas. Si ...

Consulta 1/2015 de la FGE sobre acceso por los interesados a las diligencias preprocesales

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Pego las conclusiones de la Consulta, firmada el 18-XI. “ 1ª Las solicitudes de acceso a las diligencias de investigación se regirán por lo dispuesto en los arts. 234 LOPJ, 5 del Reglamento 1/2005, 301 LECrim y 140 y 141bis LEC, si se trata de diligencias en trámite, y por lo establecido en los arts. 235 LOPJ, 2 y 4 del Reglamento 1/2005 y 141 y 141 bis LEC, si se trata de diligencias archivadas, no resultando de aplicación el régimen establecido en los arts. 35 y 37 Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, ni en los arts. 12 y ss de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno. 2ª Cuando los Sres. Fiscales deban resolver una petición de acceso a unas diligencias de investigación en trámite habrán de partir del principio general del carácter reservado de lo actuado en dichas diligencias, denegando el acceso a las mismas a sujetos distintos al in...

Circular 7/2015 de la FGE sobre la expulsión de extranjeros como medida sustitutiva

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Pego las conclusiones de la Circular firmada el 17-XI. “ 1ª Las penas de prisión de duración igual o inferior a un año no son susceptibles de sustitución por expulsión. Procederá, en consecuencia, su ejecución penitenciaria o su suspensión condicional si concurren los requisitos de los arts. 80 y ss. CP. 2ª Si una sentencia impone al mismo ciudadano extranjero dos o más penas de prisión y ninguna de ellas individualmente considerada excede la duración de un año, no procederá su expulsión aunque la suma de las penas rebase dicho límite . 3ª Si a un ciudadano extranjero se le imponen en la misma sentencia dos o más penas de prisión de las que sólo una o algunas superan el umbral de un año de duración, se podrá solicitar, si concurren los restantes requisitos para la aplicación de la medida, la sustitución de todas ellas por expulsión . Igual solución cabe dar cuando la pena o penas de prisión de duración superior a un año van acompañadas de otras penas de distinta naturaleza, esto es, ...

Circular 6/2015 de la FGE sobre aspectos civiles de la sustracción internacional de menores

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Pego las conclusiones de la Circular 6/2015, firmada el 17-XI: “ 1ª En los supuestos de sustracción internacional de menores, debe partirse de la presunción legal de que el interés del menor consiste en ser restituido o retornado al país de su residencia habitual en el plazo más breve posible una vez comprobado que concurren todos los requisitos exigidos en el Convenio aplicable. Esta regla general admite derogaciones a través del sistema de excepciones a la restitución que los propios Convenios suscritos por España contienen. La apreciación de excepciones debe hacerse siguiendo pautas interpretativas restrictivas. 2ª Corresponde a los Fiscales de las Secciones de Menores de las Fiscalías Provinciales la función de intervenir en los procesos civiles de sustracción internacional de menores. El despacho de los procedimientos para la declaración de ilicitud de un traslado o retención internacional (art. 778 sexies LEC) será competencia de los Fiscales encargados de los asuntos de familia,...

Una sentencia de grooming (Audiencia de Albacete)

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(Vale, tengo el día chistoso) La Sentencia de la Audiencia de Albacete 221/2015, Sección 1ª, de 22-IX , condena a un sujeto tanto por un delito de child grooming como por un delito de abuso sexual sobre menor de 13 años. Los hechos: “ El 11 de septiembre de 2013 el procesado, Celso , mayor de edad, nacido el NUM000 -1989 en Bolivia, con NIE n° NUM001, sin antecedentes penales, sin residencia legal en territorio español y en situación de privación de libertad por esta causa desde el 21 de septiembre de 2013, mantuvo contacto a través de la red social Facebook con Gabriela, de 12 años de edad (nacida el NUM003 -2000), y, con la intención de mantener con ella relaciones sexuales, sabiendo que tenía 12 años, le propuso encontrarse al día siguiente en su domicilio con la excusa de conocerse personalmente. Como la menor aceptó dicha propuesta, el día 12 de septiembre de 2013, sobre las 09:30 horas, acudió al domicilio del procesado, sito en la CALLE000 n° NUM002 de la localidad de Hellín, y ...