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Mostrando entradas de junio, 2016

Concursal: el pago de los honorarios del administrador concursal

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Se han dictado recientemente por la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo las siguientes sentencias sobre la cuestión: STS 391/2016, de 8-VI , ponente Excmo. Pedro José Vela Torres. FJ 2º: “ 2.- El art. 34.3 LC establece que «El juez fijará por medio de auto y conforme al arancel la cuantía de la retribución, así como los plazos en que deba ser satisfecha». En desarrollo de dicho precepto, el art. 8 del Real Decreto 1860/2004, de 6 de septiembre , por el que se establece el arancel de derechos de los administradores concursales, dice: «Salvo que el juez del concurso establezca otros plazos, la retribución de los administradores concursales correspondiente a la fase común se abonará de la siguiente forma: »a) El 50 por ciento de la retribución se abonará dentro de los cinco días siguientes al de la firmeza del auto que la fije. »b) El 50 por ciento restante se abonará dentro de los cinco días siguientes al de la firmeza de la resolución que ponga fin a la fase común». Y el art. 10 de la...

Resistencia a los agentes de la autoridad y huída (556 Cp)

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La reciente STS 2900/2016, de 17-VI , ponente Excma. Ana María Ferrer García, es sumamente interesante al abordar diversos problemas jurídicos introducidos con la reforma operada por la LO 1/2015. Dice el FJ 3º: “ La STS 108/2015 de 10 de noviembre que citan tanto el recurrente como el Fiscal al impugnar el recurso, condensó la doctrina de esta Sala respecto al delito de resistencia del artículo 556 CP, con especial referencia a la STS 260/2013 de 22 de marzo . Esta señaló "Con respecto al delito de resistencia, que se tipifica en el art. 556 del C. Penal, afirma la sentencia de esta Sala 778/2007 de 9 de octubre, que la jurisprudencia actual ha dado entrada en el tipo de resistencia no grave a comportamientos activos al lado del pasivo que no comportan acometimiento propiamente dicho. Los elementos normativos a ponderar se refieren, por una parte, a la actividad o pasividad de la conducta del sujeto activo, y, por otra, a la mayor o menor gravedad de la oposición física del mismo...

La actio libera in causa

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En los clásicos manuales de Derecho penal, concretamente en lo referido a la parte general, se habla de una institución llamada actio libera in causa . Resumidamente: aunque haya un estímulo externo que haga que el sujeto no pueda controlarse para evitar el delito, el sujeto se coloca voluntariamente ante dicho estímulo. El ejemplo que se suele citar en los manuales es el de un sujeto que, hace ya mucho tiempo y en Alemania, se echaba a reir incontroladamente ante grandes congregaciones de personas. El sujeto, sabiendo eso, se introducía en iglesias para perturbar sus ritos. No puede prosperar su intención de exonerarse por inimputable del delito contra los sentimientos religiosos cuando él, voluntariamente, se ha colocado en la situación de inimputabilidad. La reciente STS 2602/2016, de 31-V , ponente Excmo. Manuel Marchena Gómez, dice en su FJ 3º: “ 3 .- La doctrina de las actio libera in causa ya ha sido objeto de atención por la doctrina de esta Sala. En la STS 908/2002, 25 de mayo...

Consulta 1/2016 FGE sobre pena imponible en quebrantamiento de localización permanente

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La Consulta 1/2016 resuelve el problema ante la divergencia de   actuaciones entre las diversas fiscalías. Ante la pregunta de si el sujeto cumplía pena de localización permanente, bien como principal bien como sustitutoria de otra, ¿debe entenderse que era privativa de libertad dicha pena a los efectos del 468. 1 Cp? El tenor literal del 33 y 468. 1 Cp dicen lo que dicen, pero la postura de la Fiscalía, generalmente, iba por el lado contrario; cuestión ahora ratificada: “ 11. Conclusiones. Los Sres. Fiscales acomodarán sus calificaciones al último inciso del art. 468.1 del Código Penal en los supuestos de quebrantamiento de la pena de localización permanente cuando se cumple en el domicilio o en lugar determinado fijado por el Juez distinto de un Centro Penitenciario, puesto que en estos supuestos, aun tratándose de una pena privativa de libertad, el régimen de cumplimiento no supone una efectiva situación de privación de libertad . ”. Si la materia es de vuestro interés, podéis ...

Blanqueo de capitales (XIII): la nueva comisión de la UE relativa a blanqueo de capitales

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Gracias a Gregorio Labatut Serer , profesor titular de Valencia, he tenido conocimiento de la Decisión UE 2016/1021 del Parlamento Europeo , sobre la constitución, las competencias, la composición numérica y la duración del mandato de la comisión de investigación encargada de examinar las alegaciones de infracción y de mala administración en la aplicación del Derecho de la Unión en relación con el blanqueo de capitales y la elusión y la evasión fiscales . Fines: investigación sobre si los Estados cumplen el derecho comunitario en materia de blanqueo y evasión fiscal (legislación y aplicación, como, por ejemplo, no sancionar a entidades infractoras). Investigación sobre falta de lealtad de los estados miembro. Formular recomendaciones. Debe realizarse un informe en los 12 siguientes meses desde la aprobación de la Decisión. La comisión estará compuesta por 65 miembros. Si la materia es de vuestro interés, podéis seguir otros enlaces similares con las etiquetas que constan al final del p...

La oniomanía o del comprador compulsivo

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La STS 2558/2016, de 25-V , ponente Excmo. Manuel Marchena Gómez, expone el tratamiento de esta alteración, en un delito de estafa contra el Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla). Dice el FJ 4º (f. 9 y ss): “ A) El núcleo argumental que da vida al motivo se basa en que el acusado sufre un trastorno consistente en realizar compras compulsivas, con una necesidad irrefrenable de gastar, aparte de tener que hacer frente a numerosos préstamos e hipotecas que suscribió para satisfacer dichos impulsos, lo cual le habría ido envolviendo en una situación irrefrenable de necesidad de dinero, a la que no podía hacer frente con su sueldo, llegando a poseer más de 18 tarjetas de crédito y unos 40 créditos rápidos o microcréditos. La defensa reivindica una atenuante analógica muy cualificada. La Audiencia apreció una atenuante simple, por referencia a las circunstancias previstas en los arts. 21 y 20 del CP, al entender que "...   en el presente caso no hablamos de adicción a sustancias sino a...

Dos nuevos acuerdos de pleno del TS (apelación y la casación por delitos leves)

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Gracias al ya muchas veces referido en este blog Roberto Guimerá Ferrer-Sama, Director del área penal de la Editorial Sepín, he tenido constancia del acuerdo de pleno no jurisdiccional del TS de 9-VI-2016, con el siguiente tenor literal: “ 1.º Respecto de la interpretación del artículo 847.1º, letra B, de la LECRIM, se ACUERDA: A) El art 847 1º letra b) de la Lecrim. debe ser interpretado en sus propios términos. Las sentencias dictadas en apelación por las Audiencias Provinciales y la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional solo podrán ser recurridas en casación por el motivo de infracción de ley previsto en el número primero del art 849 de la Lecrim, debiendo ser inadmitidos los recursos de casación que se formulen por los arts 849 2º, 850, 851 y 852. B) Los recursos articulados por el art 849 1º deberán fundarse necesariamente en la infracción de un precepto penal de carácter sustantivo u otra norma jurídica del mismo carácter (sustantivo) que deba ser observada en la aplicación d...